La Llei 2/2026, de 22 de enero, sobre la continuidad y consolidación de medidas para el crecimiento sostenible (Ómnibus 2), ya es una realidad. Publicada en el BOPA núm. 15, de 12 de febrero de 2026, y en vigor desde el día siguiente a su publicación, esta norma introduce modificaciones transversales que inciden directamente en cuatro pilares fundamentales: inmigración, inversión inmobiliaria extranjera, comercio y fiscalidad.
Este nuevo marco jurídico exige una revisión inmediata para identificar impactos, riesgos de cumplimiento y oportunidades de planificación legal en el Principado de Andorra.
En Carlota Pastora Business Law Firm & Wealth Planning hemos analizado la ley de forma clara, estructurada y completa. A continuación, explicamos los principales cambios que introduce, a quiénes afecta y qué puntos conviene revisar con especial atención para garantizar el cumplimiento normativo y una planificación legal sólida.
1. Inmigración en la Llei 2/2026: nuevas reglas del juego
La modificación de la Llei 9/2012 de inmigración convierte obligaciones financieras que antes eran reembolsables en pagos definitivos al Estado y refuerza el control de la actividad laboral realizada por los titulares de autorizaciones entre los nuevos residentes.
1.1. Residencia sin actividad lucrativa y residencia y trabajo por cuenta propia
- Pago no reembolsable de 50.000 € (y 12.000 €) (“a fondo perdido”): sin duda, una de las medidas más comentadas. En las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia y en las de residencia sin actividad lucrativa (residencia pasiva), el importe de 50.000 € deja de ser un “depósito” y pasa a ser un pago definitivo, no reembolsable, al Estado, canalizado a través de la Autoridad Financiera Andorrana (AFA). Lo mismo ocurre con el importe de 12.000 € por cada persona a cargo en la residencia pasiva.
- Reembolso (excepción): una vez concedida la autorización, la AFA transfiere el dinero al Ministerio de Finanzas y este pasa a ser ingreso del Estado para financiar políticas públicas, perdiéndose cualquier derecho a un reembolso posterior, salvo en los casos en que se deniegue la autorización inicial.
- Exención para proyectos generadores de valor: en las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia, se mantiene la exención del pago de 50.000 € para sociedades constituidas para proyectos de economía digital, emprendimiento o innovación. A estos efectos, la ley introduce por primera vez la definición de “actividad tecnológica de alto valor añadido”: (i) basada en el desarrollo o integración de tecnología avanzada propia; (ii) que genere conocimiento o innovación sustancial respecto del estado de la técnica; (iii) que produzca un impacto económico significativo mediante la creación de empleo altamente cualificado.
- Motivos reforzados de denegación: la simulación de vínculos familiares, relaciones contractuales o cualquier negocio jurídico, con independencia de su forma, pasa a ser causa expresa de denegación inicial. Además, eludir los pagos de 50.000 € o 12.000 € mediante engaño se tipifica como infracción muy grave.
- Nuevas causas de revocación de permisos: se introducen nuevas causas de revocación de autorizaciones temporales, como trabajar más de 52 horas semanales o más de 12 horas semanales fuera del sector autorizado. Las autorizaciones de estudiantes también podrán cancelarse por falta de asistencia o por no seguir los cursos.
2. Inversión inmobiliaria para residencia sin actividad lucrativa (pasiva) en la Llei 2/2026
Para quienes estén interesados en un permiso de residencia sin actividad lucrativa (residencia pasiva), el umbral de inversión (y su naturaleza) ha aumentado de forma significativa.
- Residencia pasiva y el umbral de inversión de 1.000.000 €: se incrementan los requisitos de inversión para garantizar un vínculo real entre el residente y el país. La inversión mínima en activos andorranos (deuda, instrumentos financieros o participaciones en sociedades andorranas) para residentes pasivos aumenta de 600.000 € a 1.000.000 €.
- Mínimo por cada unidad inmobiliaria: si la inversión se realiza en inmuebles, cada unidad (piso o casa) debe tener un valor superior a 800.000 €.
- Alternativa de inversión estratégica (recordatorio): aunque la inversión exigida para obtener la residencia sin actividad lucrativa se eleva a 1.000.000 €, la ley mantiene una alternativa: reducir la inversión requerida a 400.000 €, siempre que el capital se destine—directa o indirectamente, de forma permanente y efectiva—al Fons d’Habitatge.
- Caducidad de la inversión financiera: se permite invertir en deuda andorrana o en fondos de inversión andorranos por un máximo de 36 meses. Transcurrido dicho plazo, el residente tiene la obligación legal de reinvertir ese capital en activos permanentes (como inmuebles o deuda pública) para mantener el permiso.
- Residencia por estudios: se añade que el tiempo pasado en el extranjero por estudios computará ahora como residencia efectiva a efectos de calcular los 3 años requeridos para no ser considerado inversor extranjero.
- Inversión extranjera sobrevenida (“inversió estrangera sobrevinguda”): se elimina la distinción por nacionalidad. A partir de ahora, cualquier persona física que deje de residir en Andorra verá su inversión clasificada automáticamente como “inversión extranjera sobrevenida”.
3. Comercio en la Llei 2/2026
Se refuerza el papel de los Comuns, junto con las exigencias para los grandes establecimientos.
- Política comercial para la sostenibilidad: el Gobierno asume competencias para fijar la política comercial con el fin de “garantizar un crecimiento urbano y demográfico sostenible y ordenado”. Ello le permite establecer, por vía reglamentaria, limitaciones o requisitos de toda índole para autorizaciones comerciales que puedan afectar negativamente a dicho crecimiento.
- Grandes establecimientos: para los grandes establecimientos comerciales individuales se introduce un nuevo criterio de valoración: “el impacto en el mercado laboral y las políticas de contratación que aplicará la empresa”. Estos requisitos se suman a los ya existentes en materia de movilidad, protección medioambiental y plazas de aparcamiento obligatorias.
4. Fiscalidad (Impuesto sobre la inversión inmobiliaria extranjera, IEI) en la Llei 2/2026
Por último, en materia de fiscalidad inmobiliaria (IEI), se incrementa el tipo impositivo para desincentivar la especulación y fomentar el uso residencial a largo plazo.
- Nuevos tipos: el tipo del IEI aumenta del 3% al 6% sobre el valor real de la inversión para la primera unidad inmobiliaria o parcela destinada a vivienda unifamiliar. Se aplica un tipo del 10% a otras inversiones que excedan esos límites. Por último, se elimina el tipo del 5%.
- Reinicio de la progresividad: el cómputo del número de unidades utilizado para determinar el tramo aplicable (6% o 10%) se reinicia a cero para las operaciones autorizadas tras la entrada en vigor de la ley.
- Protección de operaciones en curso: se mantiene el régimen anterior para: (i) solicitudes presentadas antes de la aprobación de la ley; y (ii) los casos en que exista un acuerdo con una operación económica previa, debidamente acreditada, realizada dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la norma—que, conviene recordar, es aplicable desde el 13 de febrero de 2026.
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