En los últimos años, Andorra ha reforzado su compromiso con la transparencia y la cooperación internacional en materia fiscal mediante la implementación del Intercambio Automático de Información (IAI). Este mecanismo tiene un impacto significativo en los titulares de cuentas bancarias en Andorra que residen fiscalmente en otros países. A continuación, se detalla en qué consiste, sus implicaciones y los países con los que Andorra ha firmado acuerdos.

¿Qué es el Intercambio Automático de Información?

El intercambio automático de información (IAI) es un sistema mediante el cual las autoridades fiscales de diferentes países comparten de manera periódica y sistemática datos financieros relevantes para combatir la evasión fiscal. Este proceso se basa en el Estándar Común de Reporte (CRS, por sus siglas en inglés) establecido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En 2014, Andorra se comprometió a implementar el CRS y, en 2016, firmó un acuerdo de IAI con la Unión Europea que incorpora este estándar. A nivel nacional, se aprobó la Ley 19/2016 del 30 de noviembre para regular el marco jurídico necesario y cumplir con este compromiso de intercambio de información. Posteriormente, la Ley 29/2017 del 30 de noviembre introdujo modificaciones a la normativa anterior para ampliar y detallar los procedimientos de intercambio de información.

¿Qué personas están sujetas a la comunicación de información?

Aquellas personas físicas o entidades, titulares de cuentas financieras en Andorra, que sean residentes fiscales de un país miembro de la Unión Europea o de un país con el que se aplique el IAI. Las personas sujetas a comunicación de información son las personas físicas o jurídicas titulares de cuentas financieras y las personas físicas que ejercen el control de entidades no financieras (ENF) pasivas titulares de cuentas financieras, residentes fiscales en un país con el que es aplicable el IAI.

¿Cómo se lleva a cabo el Intercambio Automático de Información?

Las entidades bancarias andorranas, junto con ciertos organismos de inversión colectiva y sociedades o agencias financieras de inversión, recopilan la información de los contribuyentes extranjeros con cuentas bancarias en Andorra. Esta información es transmitida al Ministerio de Finanzas de Andorra, que a su vez la envía automáticamente y de forma anual a la autoridad tributaria del país correspondiente.

¿Qué información se intercambia?

Las instituciones financieras andorranas están obligadas a recopilar y reportar al Ministerio de Finanzas de Andorra la siguiente información sobre las cuentas financieras:

  • Nombre, dirección, estado o estados de residencia, número de identificación fiscal (NIF) y, en el caso de personas físicas, fecha y lugar de nacimiento.
  • En caso de entidades con personas de control identificadas, se debe comunicar también la información de dichas personas.
  • Número de cuenta o su equivalente funcional.
  • Nombre y número de identificación de la institución financiera declarante.
  • Saldo o valor de la cuenta al final del año natural o en la fecha de cancelación.
  • En cuentas de custodia:
    • Ingresos por intereses, dividendos y otras rentas generadas en la cuenta.
    • Ingresos por la venta o reembolso de activos financieros.
  • En cuentas de depósito: importe total de intereses pagados o anotados.
  • Para otros tipos de cuentas: el importe bruto total pagado al titular.

La información comunicada debe especificar la moneda en la que se denominan los importes.

Este estándar se aplica tanto a personas físicas como jurídicas, incluidas estructuras como trusts y fundaciones. Además, es esencial identificar al beneficiario efectivo de la cuenta y, en el caso de entidades no financieras pasivas, a las personas que las controlan.

¿Con qué países Andorra intercambia información?

Andorra ha establecido una red de acuerdos de intercambio automático de información con varias jurisdicciones, incluyendo todos los países miembros de la Unión Europea y otras jurisdicciones que han adoptado el CRS. En septiembre de 2018, Andorra realizó su primer intercambio de información fiscal de manera automática con 41 países, entre ellos los de la Unión Europea. Desde entonces, el número de jurisdicciones ha aumentado, y el Consell General ha aprobado la activación del IAI con un total de 73 jurisdicciones.

La lista completa de países con los que Andorra intercambia información está disponible en la página web del Ministerio  de Finanzas de Andorra.

Obligaciones de las entidades bancarias bajo el acuerdo con la UE

Bajo el Acuerdo de Intercambio Automático de Información con la UE, las entidades bancarias en Andorra tienen la obligación de llevar a cabo procedimientos de debida diligencia para determinar la residencia fiscal de sus clientes. En el caso de cuentas nuevas (abiertas a partir del 1 de enero de 2017), deben seguir los siguientes pasos:

  • Obtener una declaración del titular de la cuenta (self-certification) que permita determinar su residencia fiscal.
  • Verificar la razonabilidad de la declaración del cliente mediante la información disponible en el momento de la apertura de la cuenta.
  • Aplicar el test de razonabilidad, confiando en la declaración del cliente salvo que haya indicios de que es incorrecta o poco fiable.
  • Basar la verificación en la documentación obtenida a través de los procedimientos de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Implicaciones del intercambio automático de información

El IAI permite a las autoridades fiscales de los países receptores verificar los ingresos y activos que sus residentes poseen en Andorra. Esto refuerza el cumplimiento fiscal a nivel internacional y puede conllevar obligaciones tributarias adicionales en el país de residencia del titular de la cuenta. Además, incrementa la transparencia en la gestión de activos financieros y facilita la detección de posibles irregularidades fiscales.

En definitiva, el intercambio automático de información ha transformado la manera en que se gestionan las inversiones y cuentas bancarias en Andorra. La transparencia fiscal se ha convertido en una norma global, y es crucial que los titulares de cuentas comprendan sus obligaciones fiscales derivadas de este mecanismo para evitar posibles sanciones. Se recomienda consultar con un asesor fiscal especializado en tributación internacional para obtener un análisis detallado y adaptado a cada situación particular.

En Carlota Pastora Business Law Firm, estamos a su disposición para asesorarle y ofrecerle la mejor orientación en función de su caso específico.

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